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domingo, 8 de noviembre de 2009

Duración contrato alquiler

El contrato puede tener la duración que se quiera, 11 meses, 14 meses, 7 meses … da igual, pero mientras sea la vivienda habitual del inquilino, éste tendrá derecho a permanecer en el piso durante un mínimo de cinco años si cumple con todas sus obligaciones.
¿qué pasa cuando se terminan esos 11, 14 o 7 meses?

Que el contrato se prorroga de forma automática y obligatoria hasta sumar un mínimo de cinco años, como dice la LAU en su artículo 9.1.

Mucha gente cree que al hacer el contrato de 11 meses ya se trata de un alquiler de temporada y no tienen que ceñirse a las prórrogas obligatorias del artículo 9.1 de la LAU. Pero no es así.

Para que un contrato sea considerado de temporada se debe establecer en el mismo que es de temporada y las razones por las que lo son: vacaciones, estudios, traslado laboral...

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